CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES
Para la constitución de sociedades deberá completar los siguientes requisitos:
Requisitos generales
- Solicitud debidamente firmada o minuta suscrita por las partes y autorizada por abogado colegiado. En caso de aportarse bienes muebles, la minuta y escritura publica serán firmadas además por las cónyuges de los accionistas o socios.
- Proporcionar generales de ley del solicitante o de los contratantes
- Declaración jurada de recepción de bienes, si el aporte a la formación del capital es en bienes muebles o adJuntar el recibo de deposito bancario, si el aporte a la formación del capital es en efectivo
- Adjuntar fotocopia de documentos de identidad (DNI, CIP, Carnet de Extranjería, Etc.) del solicitante o contratantes.
- Reserva vigente de la denominación de la sociedad.
- Cancelar importe de las publicaciones, cuando corresponda.
- Adjuntar copias originales de las partidas del Registro Civil que correspondan.
Tenga en cuenta que en determinados actos y/o contratos deberá acreditar ante el Notario el pago de tributos; ello como requisito previo a la elevación de la escritura pública.